LOPD. Mutuas de accidentes y empresas de prevensión de riesgos laborales

Hoy me llegaba al correo una interesante consulta sobre terceras empresas tipo mutuas de accidentes y de prevención de riesgos laborales que acceden a datos de carácter personal de los empleados de otras empresas. Aunque pudiera se pudiera considerar un acceso a datos para la prestación de un servicio y por lo tanto considerarles como encargados de tratamiento a efectos de adecuar la relación con el correspondiente contrato, la realidad es que debido a que existe una obligación legal de comunicar/cederles los datos este tipo de empresas dejan de ser considerados encargados y pasan a ser directamente responsables del tratamiento de la información con todas las implicaciones que supone en la Ley.

Estas empresas de mutuas de accidentes y prevención de riesgos como responsables están obligadas a declarar sus propios ficheros, a cumplir con el deber de informar, confidencialidad, a disponer de un documento de seguridad y a implementar las medidas de índole técnica y organizativas entre otras.

La propia Agencia de Protección de datos lo deja más claro en el siguiente informe que puedes descargar haciendo clic aquí.

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